• Modificaciones a la ley han regulado el outsourcing, prohibiéndolo en varios casos
• Objetivo, que no se afecten los derechos de los trabajadores

Fresnillo, Zac.- José Santos Rivera Arteaga, docente de la Universidad Autónoma de Fresnillo (UAF), recordó por medio de un webinar, que se han realizado modificaciones en la ley para actualizar el tema de outsourcing, prohibiéndolo en la mayoría de los casos, y dictando más normas para las ocasiones restantes.

La situación de reforma, “que era de esperarse”, se llevó a cabo con la finalidad de cambiar la subcontratación en lo laboral, para regularla conforme a la ley del Seguro Social y del Infonavit, y para vigilar que no haya atropellos en los derechos de los trabajadores, así como prevenir deficiencias en contratos y abusos en los derechos laborales y prestaciones.

En este tenor, la Ley Federal del Trabajo integró una modificación que prohíbe la subcontratación, y que entró en vigor a partir del 24 de abril; esto quiere decir que ninguna empresa puede dedicar toda su planta laboral para que trabaje en favor de otra empresa.

Sin embargo, la subcontratación no queda totalmente prohibida, explicó Rivera Arteaga, pues la excepción, lo que sí se permite, “es la subcontratación de servicios especializados o ejecución de obras especializadas”, lo que implica actividades de cierto personal siempre y cuando cuente con un registro ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.

Esta última instancia se encargó de emitir un reglamento, así como los requisitos para que las empresas tengan el registro; aunado a esto, quienes continúen con el outsourcing deberán cumplir con los siguientes lineamientos:

Estar al corriente de obligaciones laborales, fiscales y de seguridad social; la autorización debe renovarse cada 3 años; de no hacer lo anterior, se negará o revocará el permiso. Quienes acrediten quedarán inscritos en un padrón de prestadores de servicios especializados, el cual será público y estará disponible en Internet.

Las nuevas disposiciones, expuso el especialista, darían pie a cuestionarse si es conveniente subcontratar, pues esta actividad “tendrá que documentarse de manera estricta, y deberá formalizarse bajo un contrato” que señale el objeto de los servicios u obra, y el número aproximado de trabajadores que participarán en el cumplimiento del contrato.

Aunado a esto, si los contratistas no cumplen con sus obligaciones, el contratante será responsable de dar seguridad a los trabajadores. Del mismo modo, quienes continúen con las subcontrataciones serán expuestos a sanciones; de incumplir con lo anterior y lo estipulado en las leyes precisadas, serán acreedores a “multas de cifras muy elevadas”, agregó Rivera.

Cabe señalar que en el pasado, el outsourcing ha funcionado para distintas violaciones de derechos laborales e incluso para la evasión fiscal, por lo que, a pesar de ser medidas que parecieran ser duras, resultan necesarias y favorables para garantizar seguridad social a los trabajadores mexicanos.

Puede encontrar la conferencia completa en el enlace: https://www.youtube.com/watch?v=zO-2dlkVFcc&t=4s